¿Qué es el despido indirecto o Auto despido?
Es un despido iniciado por el trabajador que requiere ser declarado judicialmente , en aquellos casos en que el empleador es quien incumple el contrato. A diferencia de la renuncia el autodespido me permite conservar la indemnización sustitutiva del aviso previo y años de servicio según sea el caso. Los incumplimientos del empleador están contenidos en los numerales 1,5 y 7 del artículo 160 del código del trabajo, que se refieren principalmente a: Conductas de acoso laboral o sexual , actos u omisiones del empleador que pudieren afectar a la seguridad y salud de los trabajadores, incumplimiento grave del contrato de trabajo de parte del empleador, como por ejemplo:
1 Pagar el sueldo en partes (no estando estipulado en el contrato)
2 Pagar el sueldo en fechas distintas a las establecidas en el contrato
3 No pagar reiteradamente las cotizaciones de Seguridad Social
4 Atrasos mayores a 30 días en el pago de la remuneración mensual.
¿Cuál es el procedimiento que tengo que seguir para autodepedirme?
Dar aviso escrito al empleador, sea personalmente o por carta certificada enviada a su domicilio, expresando la o las causales invocadas y los hechos en que se funda
Remitir una copia de la carta enviada al empleador, a la inspección del trabajo respectiva, dentro de un plazo de tres días hábiles siguientes a la desvinculación
Concurrir al tribunal de justicia respectivo en un plazo máximo de 60 días hábiles contados desde la terminación del contrato de trabajo.