¿Cuál es el objetivo de la ley Sanna?
La Ley Seguro para el Acompañamiento de Niños y Niñas (Sanna) tiene por objeto permitir que padres y madres puedan ausentarse justificadamente de su trabajo durante un tiempo determinado para prestarles atención, acompañamiento o cuidado personal al hijo o hija que tenga una condición grave de salud. Se crea un seguro para financiar el subsidio.
¿Cuáles son los beneficiarios de la ley?
El seguro se aplica para el padre o madre trabajadores de niños y niñas mayores de un año y menores de 18 años, o de 15 años, en algunos casos. También se considera al trabajador o trabajadora que tenga a su cargo el cuidado personal de dicho niño o niña, otorgado judicialmente.
Son beneficiarios los trabajadores dependientes y los trabajadores independientes. Pero se exigen tiempos mínimos de cotizaciones previsionales. Si es un trabajador temporal que está cesante, también puede tener cobertura su cumple algunos requisitos.
¿Cuánto durará la licencia?
La licencia médica se otorgará por períodos de hasta quince días y puede ser prorrogada por períodos iguales, sea en forma continua o discontinua.
¿Cuáles son las condiciones graves de salud cubiertas?
- Cáncer.
- Trasplante de órgano sólido y de progenitores hematopoyéticos (médula ósea)
- Fase o estado terminal de la vida.
- Accidente grave con riesgo de muerte o de secuela funcional grave y permanente.
La ley delimita los requisitos para las coberturas.
¿Pueden usar el permiso el padre y la madre al mismo tiempo?
Si el padre y la madre son trabajadores con derecho al seguro podrán hacer uso del permiso conjunta o separadamente, según ellos lo determinen.
¿Se puede usar el permiso en media jornada?
Sí, se podrá usar por media jornada en aquellos casos en que el médico tratante prescriba que el cuidado puede efectuarse bajo esta modalidad.
¿Quiénes recaudarán las cotizaciones?
Las Mutualidades de Empleadores y el Instituto de Seguridad Laboral.
¿Cuándo entran en vigencia las contingencias?
- A partir del 1 de febrero de 2018 rige la cobertura para la contingencia producida por el cáncer y los tratamientos destinados al alivio del dolor y cuidados paliativos de esa enfermedad.
- Se establece que hasta el 31 de diciembre de 2019, la licencia será hasta por un total de 60 días por cada hijo/a afectado, y se puede traspasar entre los padres.
- Para trasplantes de órganos regirá desde el 1 de julio de 2018.
- A partir del 1 de enero de 2020, tendrá cobertura de este seguro la contingencia de enfermedad en fase terminal de la vida.
- La cobertura por accidente grave se aplicará desde el 1 de diciembre de 2020.
Fuente: Biblioteca del Congreso Nacional